El PNP-PPD y su ley electoral antidemocrática

Por Ángel Collado Schwarz

(Artículo aparecido en El Nuevo Día)

Hasta el 2011, la Ley Electoral de Puerto Rico era un modelo para otros países.

Las alianzas políticas en ocasiones alcanzaron el poder como sucedió con la Coalición de 1932-1944. Posteriormente, no lograron los votos para repetir la victoria o no se presentaron como opciones electorales. Pero seguían siendo una alternativa.

En el 2011 Luis Fortuño, con la colaboración de los presidentes legislativos, Tomás Rivera Schatz y Jennifer González, aprobaron la nueva Ley Electoral que prohíbe las alianzas de partidos políticos y que un candidato aparezca en más de una papeleta.

Es una ironía que esta medida de políticos anexionistas emule las de un país dictatorial y no las de Estados Unidos donde se permiten alianzas y que un candidato figure en más de una paleta.

Luis Fortuño nombró a la mayoría de los jueces del Tribunal Supremo, que a su vez ampliaron su cuerpo a nueve para asegurarse el control político del Tribunal y así evitar que la nueva Ley Electoral pueda declararse inconstitucional.

Los nuevos jueces fueron confirmados velozmente por el Senado de Rivera Schatz sin la evaluación necesaria mediante discusión pública. Esta medida es propia de países dictatoriales. En Estados Unidos es impensable que un nombramiento al Tribunal Supremo el Senado lo apruebe sin mediar una amplia evaluación y discusión pública.

En el 2020 Wanda Vázquez firmó una nueva Ley Electoral aprobada por la Legislatura presididas por Tomás Rivera Schatz y Johnny Méndez.

Aunque Wanda Vázquez prometió un nombramiento de consenso, quebrantó su palabra y por primera vez se nombró un presidente de la Comisión Estatal de Elecciones a un militante del PNP sin el consenso de los otros partidos políticos.

La relevancia de este nombramiento es que cuando no exista unanimidad de los comisionados en decisiones electorales, el presidente arbitrariamente tomará la decisión. O sea, bastará que el PNP se oponga al resto de los partidos para que el presidente PNP de la Junta tome la decisión que favorezca la posición de su partido, como ha hecho en la inmensa mayoría de los casos.

La nueva ley estipula que a partir de las elecciones del 2024, la Junta Estatal de Elecciones estará integrada solamente por los dos partidos políticos que obtengan la mayor cantidad de votos. De una forma antidemocrática, se excluirán a los otros partidos políticos y el bipartidismo se institucionalizará.

Si bien estas patrañas antidemocráticas fueron gestadas por el PNP, el Partido Popular Democrático no revocó la ley del 2011 cuando en el 2013 Alejandro García Padilla, Eduardo Bhatia y Jaime Perelló tuvieron el poder político. Su indiferencia negligente los convierte en cómplices de la gesta antidemocrática.

Más aún, el PPD prometió en la campaña del 2020 revocar la Ley Electoral vigente. El presidente de la Cámara, Tatito Hernández, se comprometió a que esta revocación sería su primera prioridad. Al momento, han hecho caso omiso a sus promesas.

El PPD de la actualidad dista mucho del que en 1938 fundaron Luis Muñoz Marín, Jesús T. Piñero, Ernesto Ramos Antonini, Vicente Géigel Polanco, Antonio Fernós Isern y Samuel R. Quiñones, entre otros. Es impensable que estos líderes, gestores que garantizaron la representación de las minorías en la Legislatura aunque estas no alcanzaran los votos para ser elegidas, se hicieran cómplices de esta gesta antidemocrática del PNP. 

La Ley Electoral antidemocrática del PNP-PPD viola el derecho al voto que permite a los electores participar en la elección de su gobierno. En la medida que limita las opciones al pueblo, transgrede la Constitución de Puerto Rico, que afirma que las leyes garantizarán la expresión de la voluntad del pueblo mediante el sufragio universal… y protegerán al ciudadano contra toda coacción en el ejercicio de la prerrogativa electoral.

La justicia poética que se merece el PPD es que, como en el municipio de San Juan en el 2020, vuelva a terminar terceros en las elecciones del 2024, y quede excluido de participar en la Junta Estatal de Elecciones, según dicta su Ley Electoral.

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